Ya se habló mucho del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que benefició con el 2 x 1 y la libertad a un represor y que abrió la caja de Pandora para que la basura, la mugre y la inmundicia reaparecieran otra vez en la escena argentina.
Ya se dijo mucho. Nosotros, los periodistas, está bien que hablemos. Lo mismo les queda, como diría el periodista Mario Wainfeld, a los ciudadanos de a pie. Pero la pregunta que uno se hace es: ¿por qué los políticos y legisladores sólo se limitan a hacer declaraciones periodísticas? ¿Acaso ellos no tienen otras armas para defenderse (defendernos) de semejante atropello?
La decisión de la Corte (o mejor dicho de tres ministros de la Corte porque no es justo enchastrarlos a todos: Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz) ya fue rechazada por todo el arco político. Incluso, más allá de que reaccionó tarde, el mismísimo oficialismo se ha mostrado horrorizado.
Bien. Si esto es verdad, no queda más que pedir el juicio político para estos tres jueces. Porque semejante disparate merece una sanción severa. Y como ahora parece que todos estamos de acuerdo, no hay más que llevar adelante el trámite y destituir a estos tres jueces que nos han sumido en la más profunda de las vergüenzas.
¿Por qué no lo hacen entonces? ¿O acaso será que se está jugando para la tribuna? No queremos ser mal pensados pero, ¿no nos estarán vendiendo espejitos de colores? Otra vez: no queremos ser mal pensados pero, ¿no será esta la puerta de salida que encontraron los cómplices civiles para no ser juzgados por los crímenes de lesa humanidad cometidos en el pasado reciente? Y todos sabemos a quienes nos referimos cuando hablamos de cómplices civiles de la dictadura.
Pero como no creemos en las teorías conspirativas, por ahora solo esperamos que los políticos actúen como se espera que lo hagan.
EL JUICIO POLÍTICO
Para poner blanco sobre negro, no queda más que contar cómo se lleva adelante un juicio político a Jueces Supremos.
El artículo 53 de la Constitución Nacional establece que la Cámara de Diputados tiene la facultad de acusar ante el Senado al presidente, el vicepresidente, los ministros y los integrantes de la Corte Suprema de Justicia.
Cualquier ciudadano puede presentar una denuncia contra esos funcionarios públicos en la Cámara Baja y el cuerpo encargado de analizar esas presentaciones es la Comisión Permanente de Juicio Político.
La Comisión Permanente de Juicio Político es presidida actualmente por el diputado Alvaro González, de Cambiemos, y está integrada por 31 disputados: diez del Frente para la Victoria, seis de Cambiemos, cuatro de UNA, cuatro de la UCR, tres justicialistas y uno de la Coalición Cívica, de Libres del Sur, de Primero Tucumán y del Partido del Bicentenario. No vamos a abundar en apellidos, pero en la comisión hay figuras como Graciela Camaño (justicialismo), Elisa Carrió (Coalición Cívica), Diana Conti, Carlos Kunkel, Máximo Kirchner, Andrés Larroque (Frente para la Victoria) y Pablo Tonelli (Cambiemos).
El reglamento interno de la comisión define los pasos que se deben dar antes de impulsar un juicio político. El artículo 9 le da la potestad al presidente del cuerpo de decidir si están dadas las condiciones para realizar la apertura del sumario o si aconseja rechazar el pedido de juicio. Ambas decisiones deben ser consideradas por el plenario de la comisión, que resuelve por mayoría simple.
En caso de que se abra una investigación, el artículo 12 sostiene que la comisión puede adoptar distintas medidas de prueba: realizar inspecciones, solicitar a un juez federal un allanamiento, pedir informes o citar testigos.
El artículo 13 aclara que se puede convocar a los denunciados para que presten declaración una vez que finalice la etapa de investigación y se reúnan las actuaciones sumariales. Los denunciados no están obligados a concurrir y pueden hacerlo por escrito.
Por último, la comisión resuelve si es procedente o no avanzar con el pedido de juicio político y emite un dictamen a favor o en contra. Para impulsar la acusación y que sea tratada en el recinto, se necesita mayoría simple. En cambio, para que sea aprobada en la Cámara Baja, requiere el voto de los dos tercios de los diputados presentes.
Una vez que la acusación es aprobada por la Cámara de Diputados, llega al Senado y este cuerpo se transforma en juez sólo para resolver la destitución o no de los acusados. No es una sentencia judicial sino una sanción a los deberes de funcionario público que culmina con el apartamiento de su cargo. Lo que pueda ocurrir después en los tribunales ordinarios es harina de otro costal. O sea, pueden ser condenados.
El proceso en la Cámara Alta comienza tras el juramento de los Senadores y con la acusación de tres Diputados que ofician de fiscales. Los acusados tienen la posibilidad de ser oídos y presentar las pruebas que dispongan para defender sus inocencias.
La Cámara de Senadores puede suspenderlos en sus funciones, de acuerdo a la gravedad y a la índole de la acusación. Y la sentencia, para ser favorable a las destituciones, debe ser con el voto de las dos terceras partes de los senadores presentes.
Anoche se debatía en Diputados. A la hora de escribir esta nota había dos pedidos de juicio político (del FPV y de FI) y un proyecto lavadísimo de la mayoría de los bloques que pretendía limitar una ley que fue derogada hace 16 años. Un fiscal amigo me dijo que ese proyecto que era algo bastante parecido a querer legislar sobre la ley de gravedad. O sea, una estupidez.
Por lo pronto, hoy marchamos a la Plaza de Mayo para ponerle un freno ya no a la impunidad de los represores sino a la impunidad de estos tres jueces. Nosotros, la gente, hacemos nuestro trabajo. Que los legisladores de una vez por todas se pongan los pantalones largos y hagan el suyo. Esto no puede terminar en ninguna otra cosa más que en juicio político para los tres Supremos. Si no ocurre, la impunidad no será sólo para los genocidas y muchos jueces seguirán disciplinando a la política. Algo inadmisible para una democracia.